Conclusiones:
1.
Si una persona está en periodo
de invalidez y tiene contrato a término fijo la persona no se puede despedir de
la empresa, pues dejaría de cotizar su seguridad social. La empresa tiene que
prorrogar el contrato.
Si una persona está en periodo
de invalidez y tiene contrato a término fijo la persona no se puede despedir de
la empresa, pues dejaría de cotizar su seguridad social. La empresa tiene que
prorrogar el contrato.
2.
Al reincorporar un trabajador
por enfermedad se debe buscar una reubicación laboral dependiendo su debilidad
manifiesta.
Al reincorporar un trabajador
por enfermedad se debe buscar una reubicación laboral dependiendo su debilidad
manifiesta.
3.
Trabajador que se encuentra en
periodo de debilidad manifiesta y se despide debe pedir autorización del inspector
de trabajo si no la empresa debe pagar diferentes indemnizaciones. Articulo 26
ley 361 de 1997
Trabajador que se encuentra en
periodo de debilidad manifiesta y se despide debe pedir autorización del inspector
de trabajo si no la empresa debe pagar diferentes indemnizaciones. Articulo 26
ley 361 de 1997
Por Dora Luz
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